sábado, 18 de febrero de 2012

Proceso de Elecciones


Continúa el proceso de elecciones y el próximo día 20 de febrero se procederá a la publicación del Censo definitivo de hermanos/as con derecho a voto, una vez subsanados todos los errores detectados y resueltas las reclamaciones presentadas, el cual ha sido remitido previamente al Consejo Local y al Secretariado Diocesano para las Hermandades y Cofradías.

Desde día 21 de febrero y hasta el 2 de marzo se podrán presentar las candidaturas para formar Junta de Gobierno en la Secretaría de la Hermandad de 19 a 21 horas.

Animamos a todos los Hermanos y Hermanas que deseen asumir la responsabilidad de dirigir el destino de nuestra Hermandad durante los próximos cuatro años y reúnan los requisitos a que se presenten.

Publicamos a continuación los requisitos para ello establecidos en las Normas Diocesanas:

Artículo 45.-
Para poder ser elegido miembro de la Junta de Gobierno será preciso reunir, además de las cualidades y condiciones generales de hermano que se señalen en los Estatutos, que son las siguientes:
1º.- Ser hermano, hombre o mujer, mayor de edad, con domicilio o residencia habitual donde pueda cumplir las obligaciones de su oficio y estar incluido en el censo con dos años al menos de antigüedad.
2º.- Ser católico practicante, haber recibido el sacramento de la Confirmación y distinguirse habitualmente por su vida cristiana, familiar, personal, y social, así como por su vocación apostólica.
3º.- Estar capacitado y formado para ejercer la responsabilidad que la Iglesia pide a los dirigentes seglares en los actuales momentos, según las orientaciones del Concilio Vaticano II y del Sínodo Diocesano del año Jubilar 2000.
4º.- Tener un auténtico espíritu cristiano y cofrade, y estar en disposición de constante actualización, participando en los cursos de formación cristiana que en el ámbito diocesano, parroquial y local se convoquen, así como capacidad de dialogo y actitud de trabajo en equipo.
5º.- Presentar con su candidatura, si es de estado casado, la partida de matrimonio canónico, así como una declaración de encontrarse en situación familiar regular.
Artículo 46.-
Para poder ser candidato a Hermano Mayor se deberán reunir
los siguientes requisitos:

1º.- Tener cumplidos al menos 25 años y estar incluido en el censo con cinco años al menos de antigüedad en la misma.
2º.- Para poder ser elegido más de dos mandatos consecutivos, se necesitará autorización del Delegado Episcopal para las Hermandades y Cofradías, quien, antes de resolver, recabará el informe del Director Espiritual, del Consejo Local y del Secretariado Diocesano.
Sección 3ª: Presentación de candidaturas.
Artículo 47.-
Una vez hecho público el censo electoral, durante los diez días siguientes a su publicación, quedará abierta en la secretaría de la Hermandad, en horario hábil de días laborables, la presentación de candidaturas para acceder a la Junta de Gobierno.
Artículo 48.-
1º.- Las candidaturas se presentarán en lista cerrada y completa, encabezadas por el candidato a Hermano Mayor, sin expresión de los oficios que ocupará cada miembro. (mínimo 11 miembros)
2º.- Se aportará la documentación requerida en el art. 45 de todos los miembros que la componen, así como un informe del candidato a Hermano Mayor donde éste se responsabilice del cumplimiento de las condiciones establecidas en el derecho universal de la Iglesia y en este Estatuto Base para ser miembro de la Junta de Gobierno de todos los miembros de su candidatura.
3º.- Presentará un proyecto o programa de trabajo a desarrollar durante su mandato.

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